EN EL NUEVO SISTEMA PENAL ACUSATORIO AL AMPARO DE LOS DERECHOS HUMANOS
A lo largo de la historia del derecho penal, la atencio´n a la vi´ctima u ofendido o su participacio´n en toda esta dina´mica ha estado relegada. Eso esta´ cambiando de manera significativa a trave´s de las modificaciones que estamos viviendo, tal como se percibe de lo preceptuado por el apartado C, del arti´culo 20 constitucional, el cual da amplias facultades en materia juri´dica a la vi´ctima para actuar, proporcionar servicios, facilitar la participacio´n de la vi´ctima u ofendido en el desarrollo del proceso penal, desde la etapa de investigacio´n hasta la de juicio oral, no olvidando que la proteccio´n de la vi´ctima rebaza las etapas del procedimiento hasta la plena reparacio´n del dan~o que haya sufrido.
Actualmente nuestro Sistema de Auxilio a Vi´ctimas u ofendidos esta´ orientado y ubicado en este esquema de restitucio´n de los derechos, que implica que la vi´ctima u ofendido reciba asistencia durante el proceso, la reparacio´n del dan~o material y moral; adema´s de una participacio´n en los procesos penales enmarcada en una lucha contra la impunidad, es decir, el hecho de que ella pueda aportar elementos de prueba, revisar las indagatorias, participar y hacer promociones en el proceso penal implica romper con el esquema de hacerla objeto de una actividad pasiva en la que so´lo era el medio de comisio´n del delito y por lo tanto requeri´a u´nicamente algu´n paliativo como la asistencia pero nada ma´s.
En este proceso de reconocimiento juri´dico, el establecimiento de un marco normativo que busque la proteccio´n de los derechos de las vi´ctimas ha sido funda- mental a efecto de que se les de´ un trato justo y digno, y puedan acceder con tranquilidad a los sistemas de justicia penal, proteccio´n a la salud, asistencia social y reparacio´n integral del dan~o sufrido.