Usualmente, los manuales y tratados de lógica divide la exposición en tres partes: juicio, concepto y raciocinio. Sin embargo, a diferencia de la lógica pura, que analiza la forma de los juicios enunciativos, sus elementos conceptuales y las inferencias basadas en ellos, la del derecho es el estudio sistemático de la estructura de las normas, los conceptos y los razonamientos jurídicos, así, García Máynez realizó un tratado sobre la lógica del derecho en tres volúmenes, Lógica del juicio jurídico, La Lógica del concepto jurídico y Lógica del raciocinio jurídico.
La presente obra comienza planteando un primer tópico: ¿puede justificadamente hablarse de una lógica del concepto jurídico, así como se habla de la norma de derecho? Y partiendo de ahí desarrolla diversas cuestiones básicas como la definición del concepto, aclarando la diferencia entre conceptos jurídicos total y parcialmente construidos, a los que corresponde el objeto formal y material respectivamente.
En el primer capítulo se plantea la cuestión de: ¿Cuáles son los métodos de formación conceptual utilizado tanto por juristas o postulantes, como por los órganos creadores y aplicadores de normas jurídicas? En el segundo capítulo, el autor clasifica de forma general los conceptos jurídicos, desde cuatro puntos de vista, discutiendo con intensidad las características lógicas de los conceptos en general y de los jurídicos en particular. En el tercer y último, se analizan los conceptos llamados “fundamentales”, efectuando una distinción entre plano lógico de las normas y plano ontológico de la conducta jurídicamente regulada. Ya para concluir la obra, se aclara que la teoría jurídica fundamental es doctrina del ser del derecho y no de su deber ser.